El pasado 5 de febrero ordenó anular la elección, ahora falta el último fallo sobre el caso.

El pasado viernes 13 de agosto, el Consejo de Estado declaró improcedente la solicitud de unificar jurisprudencia en el caso del alcalde del municipio de Fonseca, Hamilton García Peñaranda.

La solicitud fue hecha por la Procuraduría General de la Nación en el marco del proceso de nulidad electoral que cursa contra el mandatario de los fonsequeros.

Como se sabía, el Ministerio Público había solicitado unir jurisprudencia para el caso particular de la demanda de nulidad electoral contra el alcalde, pero el Consejo de Estado el viernes ordenó al Tribunal Administrativo de La Guajira dictar la sentencia que en derecho sea correspondiente al caso.

En el documento, el Consejo de Estado a través del magistrado Luis Alberto Álvarez Parra, le regresó el expediente del caso al Tribunal Administrativo de La Guajira, que el pasado 23 de julio recibió la orden de fallar en el proceso y dar cumplimiento al fallo de tutela que amparó los derechos del alcalde García Peñaranda al debido proceso.

Cabe recordar que el 5 de febrero de 2021, el Tribunal Administrativo de La Guajira anuló la elección de Hamilton García Peñaranda tras determinar que estaba inhabilitado para ser candidato al cargo durante las elecciones del año 2019.

En ese momento, el Tribunal explicó que García no podía aspirar a la Alcaldía porque era hermano de la gerente del Hospital Nuestra Señora de los Remedios de esa época, Flor García Peñaranda.