Por Abel Medina Sierra

“Papi, imagínate, que el coordinador de mi colegio está prohibiendo y va a castigar el contacto físico y las manifestaciones de afecto”, fue la desesperada queja que mi hija, estudiante de secundaria de un colegio femenino, me expresaba recientemente. El asunto, no sin antes pensarlo más de dos veces, me movió a opinar como padre de familia, sin mencionar el plantel ni el nombre del coordinador para lo afectar la imagen institucional.

Esta intención de prohibir con fútiles y estériles normas internas los abrazos, agarraditas de manos, sentarse en las piernas, peinar a la compañerita que se quiere prohibir en el colegio de mi hija, me hace recordar lo mal que le fue al nefasto e inquisidor Alejandro Ordóñez, cuando ejercía como procurador y quiso actuar frente al lamentable caso de Sergio Urrego, el joven que se suicidó ante el matoneo por su condición homosexual. Para entonces, 2015, Ordóñez pedía a las instituciones educativas modificar sus manuales de convivencia para prohibir toda manifestación afectuosa. Más troleado y señalado no pudo salir el procurador. Por una parte, la Confederación Nacional de Federaciones y Ligas de Asociaciones de Padres de Familia, Confenalpadres, elevó la queja ante la Corte Constitucional, ya que esa petición transgrede el principio de autonomía que corresponde a las instituciones educativas. Según el presidente de esta confederación Carlos Ballesteros: “A los niños y jóvenes les falta afecto de su familia y de sus maestros, también del Estado. El afecto es la columna vertebral del desarrollo de una persona”.

Esta salida en falso del ultraconservador que teníamos como procurador y un caso presentado, obligó a la Corte Constitucional a emitir la sentencia T-085 de 2020 , en la que a partir de la protección del derecho al libre desarrollo de la personalidad y la intimidad, reconoció que las manifestaciones amorosas no se podían prohibir en el ámbito educativo, bofetada para Ordóñez que hoy debemos recordarle a los directivos de colegios de La Guajira.  

Ya, un año antes, la Sala Tercera de Revisión consideró que, aunque la Ley General de Educación autoriza la creación y expedición de los reglamentos y manuales de convivencia, los estudiantes tienen el derecho a exteriorizar demostraciones amorosas y afectivas en el ambiente escolar, siempre que esas manifestaciones no afecten el orden público y los derechos de terceros. Así, los manuales de convivencia no pueden incluir una prohibición irrestricta a tener relaciones sentimentales o manifestaciones amorosas en el ámbito educativo, mucho menos un inofensivo abrazo como en este caso.

El caso de esta institución en Riohacha, evidencia que los directivos docentes improvisan normas que no están en los manuales de convivencia. La ley 1620, establece el pacto por la convivencia y determina cuáles son los mínimos que deben conservarse en este instrumento. El Manual de convivencia es un pacto concertado entre todos los actores de la comunidad educativa, así que un coordinador no puede, sobre la marcha, inventarse nuevas normas y sanciones porque ni está respetando el debido proceso y puede incurrir en falta disciplinaria. En ese caso, quien viola la convivencia es el coordinador y no las niñas que se dan un apretón.  

Por otra parte, prohibir, especialmente en mujeres que son más expresivas y afectuosas, este tipo de manifestaciones, contraría el espíritu de la formación. La escuela es el espacio común de socialización y convivencia de los niños y jóvenes. Allí se aprende a crear vínculos, interacción y se construye competencias socio emocionales. Justamente cuando el Ministerio de Educación comienza a priorizar el componente socio emocional y distribuir las cartillas “Emociones para la vida”, en algunas instituciones como ésta, ponen trabas al mínimo contacto físico entre estudiantes. Las emociones se expresan, casi siempre físicamente y, son incontenibles en la mayoría de casos.

Ahora, si el espíritu es “contrarrestar” formas de trato que pueden ser indicio de lesbianismo, es mucho más inútil y anodina la medida, además de violatoria de las libertades individuales. Señor coordinador:  tratar que todas sus estudiantes se crucen de brazos y estén, permanentemente, evitando abrazar o acercarse a una compañera no va a lograr que alguna de ellas tenga orientación sexual tribada, y si lo hace, está en su derecho. Habría que preguntarle a los docentes y directivos que comulgan con la tesis de Ordóñez que, si son capaces de evitar el acto espontáneo de abrazar a sus hijos, a sus más cercanos amigos, de besar a sus hermanas, de acariciar a sus padres. Los compañeros de estudio, son parte de nuestro círculo social y afectivo. Como lo explica la psicóloga argentina, experta en el tema de pedagogía del afecto, Rosa María Torres, “Si hemos de elegir un elemento a cambiar en nuestros sistemas educativos, elijamos el afecto”.