• Hasta el 30 de noviembre, quienes perdieron su trabajo en pandemia pueden solicitar el auxilio económico en la Caja a la que estuvieron afiliados  
  • El monto del auxilio económico es de $480 mil, repartidos en 3 mensualidades de 160 mil pesos  
  • El beneficio cobija a trabajadores dependientes e independientes cesantes y hasta donde lo permita la disponibilidad de los recursos   

“Aprovecho para decirle a aquellas personas que perdieron su trabajo a partir del 12 de marzo o en fecha posterior, que todavía quedan recursos y podrán  acercarse a las Cajas de Compensación a la que estuvieron afiliados a reclamar un auxilio económico de 160 mil pesos, durante 3 meses. Postúlese para recibir esta ayuda que el Gobierno Nacional creó a través del ingreso solidario y con recursos del FOME”.  

La invitación la hizo el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera,  durante su intervención en el cierre del Congreso Internacional On Line Marketers  Fedecajas 2020, organizado con Human Business de Uruguay y Humind de Chile, que se llevó a cabo los días 25, 26 y 27 de noviembre y en el que se desarrollaron los ejes temáticos: Innovación, Gestión del Cambio y Habilidades blandas. 

El titular de la cartera laboral, indicó que el auxilio económico que se entrega a través de las Cajas de Compensación Familiar, cobija a trabajadores dependientes e independientes cesantes que devengaban entre 1 y 4 salarios mínimos y que aportaron a las Cajas por lo menos 6 meses en los últimos 5 años. 

Recordó, que podrán postularse para recibir el beneficio, los trabajadores que no han sido beneficiarios del Mecanismo de Protección al Cesante en los últimos 3 años y perdieron su empleo a partir del 12 de marzo.   

Agregó: “para recibir 160 mil pesos por 3 meses, las personas que perdieron su empleo deben ingresar a través de los portales virtuales de la última Caja a la que estuvieron  afiliadas y llenar el formulario digital”.  

Igualmente, presentar la certificación de terminación laboral a partir del 12 de marzo, o fecha posterior, en caso de haber sido trabajador dependiente.   

Y si estuvo registrado como trabajador independiente, debe mostrar o hacer llegar la constancia de terminación del contrato.